Por Leonardo A. Racedo
Debido al incremento poblacional de un
casi 400% entre el periodo 1964-1974 y con
la puesta en venta de grandes loteos que en el corto plazo haría subir aún más
la cantidad de residentes, el senador Alberto Mayansky, presentó ante el Senado
de la Provincia de Buenos Aires, un proyecto de Ley, por el cual solicitaba que
se declare “Ciudad” a la localidad de
Rafael Castillo. Este cambio de categoría pondría al pueblo diagramado en 1909
en igualdad ante sus vecinas ciudades.
Hace 50 años el pueblo ya contaba con un centro
comercial con más de mil negocios, muchos de ellos de gran envergadura. Siete
líneas de transporte de pasajeros, siete escuelas primarias, una secundaria,
Posta Sanitaria, Guardería Infantil Municipal, Subcomisaria, Oficina de
Correos, Centro de Salud, Estación Ferroviaria y además contaba con varias
Instituciones de Bien Público que apoyaban el proyecto de la nueva distinción.
Nuestra Constitución Provincial, en su Art.
190, garantiza el régimen municipal y la existencia del municipio, sin
especificar principios o criterios para su delimitación territorial. Este
artículo, de hecho, legitima la existencia de una división territorial previa
que asimila a la institución municipal aludiendo a “los partidos que formen la
provincia”. Dentro de las atribuciones conferidas a los Concejos Deliberantes
por la Ley Orgánica Municipal figura la posibilidad de crear localidades y
establecer delegaciones municipales en donde se estime necesario para la mejor
administración.
Recordemos que los barrios que integraban el
pueblo de Rafael Castillo, fueron el resultado de un largo proceso de formación
que comenzaron a mediados de siglo XIX, cuando las antiguas chacras coloniales,
de grandes extensiones, fueron fraccionadas en parcelas, y dieron origen a
explotaciones agrícolas menores, las cuales, entre fines de siglo XIX y
principio del XX, tras una nueva subdivisión, originaron parcelas de
características urbanas residenciales, mediante la creación de manzanas.
Luego, en el año 1939,
a pedido del Intendente Agustín De Elia, es el Ingeniero Numa Tapia quien
realiza un plano catastral, intentando ordenar por un lado los loteos que
habían surgido hasta el momento (en nuestro caso, en Rafael Castillo, había
sido solo uno) y que dieron origen a los distintos barrios matanceros, y por el
otro la numeración de las calles
Ya en el año 1955,
según ordenanza Nro. 1752, decreto 140, se divide el partido en trece
localidades y se estipulan los límites legales de cada una de ellas, los que
aun hoy generan controversias.
Lo cierto es que el 4 de octubre de 1974 la
Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, sancionó con
fuerza de Ley, la ordenanza que eleva a la categoría de Ciudad al pueblo de
Rafael Castillo y el 18 de octubre del mismo año recibió sanción del Senado
provincial bajo el Decreto Nº 7086.
Los festejos en la Ciudad llenaron de júbilo a
todos sus pobladores y desde los periódicos locales y comunales tal alegría se
vio reflejada en el despertar de un gran interés por saber más de su historia.
Los mismos llenaron páginas y páginas sobre aspectos de la personalidad del
fundador y también sobre distintas actividades desarrolladas en los últimos
tiempos en lo que hasta no hacía mucho años atrás había sido un tranquilo
pueblito rural en el corazón de La Matanza. ¡Feliz medio siglo de vida como
ciudad Rafael Castillo!
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